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jueves, 8 de noviembre de 2018

¿Conoces los tipos de licencias Creative Commons? Se basan en la combinación de estas condiciones:
  • Reconocimiento (Attribution): en cualquier explotación de la obra hará falta reconocer la autoría.
  • No comercial (Non commercial): la explotación de la obra está limitada a usos no comerciales.
  • Sin obras derivadas (No derivate works): la autorización para explotar la obra no incluye la transformación para crear un obra derivada.
  • Compartir igual (Share alike): la explotación incluye la creación de obras derivadas siempre que mantengan la misma licencia al ser divulgadas.
Estas condiciones pueden generar seis modelos principales de licencias diferentes, que son las siguientes:
 
Reconocimiento (BY): permite cualquier explotación de la obra, incluyendo con finalidad comercial y la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales está permitida sin ninguna restricción. Siempre debe ser reconocida la autoría de la obra original. Es la recomendada para una máxima difusión y utilización de la obra sujeta a la licencia.

Reconocimiento-No comercial (BY-NC): está permitida la generación de obras derivadas siempre que no se haga uso comercial. Tampoco se puede usar la obra original con fines comerciales. Las obras derivadas deben reconocer también la autoría de la obra original, pero no tienen que tener una licencia en los mismo términos.

Reconocimiento-No comercial-Compartir igual (BY-NC-SA): no se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas. Las derivadas  deben reconocer la autoría de la obra original y contar para su distribución con una licencia igual a la misma.

Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada (BY-NC-ND): solo permite que otros puedan descargar y compartir las obras siempre que se reconozca la autoría, pero no se puede modificar ni comercializar. Es la más restrictiva de las seis licencias.

Reconocimiento-Compartir igual (BY-SA): se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.

Reconocimiento-Sin obra derivada (BY-ND): permite la distribución comercial y no comercial de la obra, siempre y cuando no se modifique (no se pueden generar obras derivadas) y se transmita en su totalidad reconociendo su autoría.



jueves, 18 de octubre de 2018





Creative Commons es una organización internacional sin ánimo de lucro, cuya finalidad es la difución del conocimiento y de la cultura a través de la creación de licencias con las que los creadores pueden indicar qué usos permiten y cuales no, en relación a sus obras publicadas en Internet. 

Una licencia Creative Commons es un modelo de contrato recomendado para poner información en régimen de consulta en la web, facilitando el uso, aunque al mismo tiempo salvaguarda la atribución de la obra al autor e impide una posible utilización comercial sin permiso. 

El objetivo de estas licencias es que los autores, cuando depositen sus obras en Repositorios Digitales Institucionales, elijan las condiciones de acceso y protección de su obra de usos indebidos. Entre una obra con 'todos los derechos reservados' o una con 'ningún derecho reservado', propone tener 'algunos derechos reservados'.

Estas licencias abarcan desde el tradicional sistema de derechos de autor hasta el dominio público e indican al usuario de la información los permisos que dispone por parte del autor.

Con las licencias Creative Commons el autor autoriza el uso de su obra, pero la obra continúa estando protegida.

¿Cómo funcionan las licencias Creative Commons? Si un autor crea una obra y quiere difundirla a través de Internet puede escoger una licencia Creative Commons. Cuando cuelga su obra en Internet escoge una de las licencias, la identifica con el símbolo correspondiente y le adjunta la licencia de uso. De esta forma, cuando un usuario accede al documento puede identificar cuales son las condiciones que el autor ha establecido para el uso de su obra.

Algunas características de las licencias Creative Commons son:

  • Obligan al reconocimiento del autor de la obra
  • Son de carácter gratuito, por tanto para asegurar la remuneración del autor es preciso excluir los usos comerciales y las obras derivadas (licencia de Reconocimiento-No comerical-Sin obra derivada)
  • Se establecen a perpetuidad. El autor se reserva el derecho, de explotar la obra con otra licencia (sean Creative Commnos o no), o incluso, de retirarla, pero la licencia previamente otorgada continuará vigente
  • No tienen carácter de exclusividad. El autor puede otorgar otras licencias sobre la misma obra, pero las siguientes licencias solo pueden otorgarse en régimen de no exclusividad.